Resumen Inteligente
ENTENDÉ TU FACTURA Y TU CONSUMO
Nro. de factura 70002-76561791/4
Período de facturación 1 - Ago, Dic 2019
1 - ¿Cómo se calcula el importe de mi consumo?
Los cargos fijos y el precio del metro cúbico cobrado en la factura de gas corresponden a la categoría en la que encuadrás en cada período. Para entender cómo se calcula tu categoría, la misma se obtiene sumando el consumo de los períodos del último año hábil (06 períodos). Para este caso tu consumo acumulado es 1.217,45 m³.
Mi Consumo Acumulado
Mi consumo
acumulado
3.178, 01 m³
Período 12 (Actual)
Feb | 2018
170, 78 m³
Período 11
En | 2018
848, 43 m³
Período 10
Dic | 2018
1.164, 74 m³
Período 09
Nov | 2018
586, 78 m³
Período 08
Oct | 2018
220, 52 m³
Período 07
Sep | 2018
186, 76 m³
Período 06
Ago | 2018
170, 78 m³
Período 05
Jul | 2018
848, 43 m³
Período 04
Jun | 2018
1.164, 74 m³
Período 03
May | 2018
586, 78 m³
Período 02
Abr | 2018
220, 52 m³
Período 01
Mar | 2018
186, 76 m³
Mi Categoría
Mi Consumo del Período Actual
Período 5
Consumo del período
848, 43 m³
FORMULA DE CÁCULO DEL VOLUMEN DE GAS A FACTURAR:
9300 kcal/m³ = Volumen
Registrado x Factor de
Corrección x Poder calórico
gas entregado
Volumen registrado:
Es el consumo registrado en el período a través del medidor. Surge de la diferencia entre la lectura del período actual y el anterior
Poder calórico del gas entregado:
Corresponde a la cantidad de calor desprendido por unidad de volumen de gas, durante el proceso de combustión.
Factor de corrección:
Concepto que se aplica por cada zona o localidad, a efectos de corregir los consumos registrados en los dispositivos estándar de medición del usuario. Surge como resultado del producto de los siguientes factores: Temperatura (Ft); Presión (Fp); Comprensibilidad(Fz).
Consumo en 9300 kcal/m³
Corresponde al volumen de m³ a facturar, considerando el poder calórico del gas suministrado, respecto a la base de cálculo que establece el Reglamento del Servicio de Distribución (9300 kcal) Por consiguiente, si el poder calórico del gas entregado resulta superior a dicho valor, el consumo en m³ a facturar será mayor. En caso contrario, el volumen a facturar será inferior.
Categoría
R3-4
Valor m³
$7, 019692
Cargo fijo
$589, 60
CUADRO TARIFARIO APLICADO
Consumo de Gas
$5.955, 72
No aplica a ninguna bonificación
Importe de Factura
$8.405, 00
Ver otros cargosFORMULA DE CÁCULO DEL VOLUMEN DE GAS A FACTURAR:
9300 kcal/m³ = Volumen
Registrado x Factor de
Corrección x Poder calórico
gas entregado
Volumen registrado:
Es el consumo registrado en el período a través del medidor. Surge de la diferencia entre la lectura del período actual y el anterior
Poder calórico del gas entregado:
Corresponde a la cantidad de calor desprendido por unidad de volumen de gas, durante el proceso de combustión.
Factor de corrección:
Concepto que se aplica por cada zona o localidad, a efectos de corregir los consumos registrados en los dispositivos estándar de medición del usuario. Surge como resultado del producto de los siguientes factores: Temperatura (Ft); Presión (Fp); Comprensibilidad(Fz).
Consumo en 9300 kcal/m³
Corresponde al volumen de m³ a facturar, considerando el poder calórico del gas suministrado, respecto a la base de cálculo que establece el Reglamento del Servicio de Distribución (9300 kcal) Por consiguiente, si el poder calórico del gas entregado resulta superior a dicho valor, el consumo en m³ a facturar será mayor. En caso contrario, el volumen a facturar será inferior.
2 - Detalles de conceptos facturados
Cargo fijo
$226,30
Consumo de gas
m³ 429,65 x $ 5,878592
$2525,74
Bonif. Res. MEyM N212 E/16
$-1117,236
Dto. Ahorro de Consumo(2)
$-172,63
IIBB Dist.consumo
IIBB Dist. Consumo
Concepto incluido en la facturación conforme a lo estipulado por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) en su Resolución Nro. 658/98 (Anexo II) la cual establece su metodología de cálculo.
1297,52 x 0,035197
$ 45,67
Tasa Seg e Hig Mun(#)
Tasa Seg e Hig Mun (#)
Concepto incluido en la facturación conforme a lo estipulado por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) en su Resolución Nro. 4530/2017 la cual establece el Procedimiento aplicable para su incorporación.
$ 26,03
IIBB Tte.consumo
IIBB Tte. Consumo
Concepto originado en el servicio de transporte, que se traslada a las tarifas de distribución según lo establecido en las Reglas Básicas de las Licencias de Distribución (punto 9.4.3.2). La metodología para el cálculo del monto a facturar por este concepto, se encuentra definida por el Ente NAcional Regulador del Gas (ENARGAS) en su Resolución Nro. 658/98 (Anexo II).
429,65 x 0,053308
$ 22,90
Ley 25413 Dis.
Ley 25.413 Dis
Concepto incluido en la facturación conforme a lo estipulado por el Ente Nacional Regulador del Gas
(ENARGAS) en su Resolución Nro. 2700/2002, la cual autoriza la inclusión del mayor costo derivado
del Impuesto a los Créditos y Débitos en cuenta Corriente (Ley 25.413).
Se deberá considerar:
- Transporte: Se computará en la facturación al usuario, la incidencia del impuesto
facturado por la transportadora a la distribuidora en el mes inmediato anterior a la emisión de la respectiva facturación.
- Distribución: Se computará en la facturación a que se alude precedentemente la incidencia del
del gravamen correspondiente al tercer mes inmediato anterior.
$ 8,89
IIBB Cargo Fijo
IIBB Cargo Fijo
Concepto incluido en la facturación conforme a lo estipulado por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) en su Resolución Nro. 658/98 (Anexo II) la cual establece su metodología de cálculo.
226,30 x 0,035197
$ 7,96
Ley 25.413 Tte
Ley 25.413 Tte
Concepto incluido en la facturación conforme a lo estipulado por el Ente Nacional Regulador del Gas
(ENARGAS) en su Resolución Nro. 2700/2002, la cual autoriza la inclusión del mayor costo derivado
del Impuesto a los Créditos y Débitos en cuenta Corriente (Ley 25.413).
Se deberá considerar:
- Transporte: Se computará en la facturación al usuario, la incidencia del impuesto
facturado por la transportadora a la distribuidora en el mes inmediato anterior a la emisión de la respectiva facturación.
- Distribución: Se computará en la facturación a que se alude precedentemente la incidencia del
del gravamen correspondiente al tercer mes inmediato anterior.
$ 2,88
Imp.IIBB Tte.Gas Ret.
Imp.IIBB Tte.Gas Ret.
Concepto incluido en la facturación conforme a lo estipulado por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) en su Resolución Nro. 4465/2017, la cual establece en su Anexo I la metodología de cálculo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre el Gas Retenido.
$ 0,93
3 - Composición de la factura

Conocé cuáles son los componentes de tu factura
Gas: remunera al Productor de Gas Natural por el combustible que se consume..
Transporte: remunera a las Transportistas por el servicio de llevar el gas desde cada yacimiento (en cada cuenca productora) hasta el inicio de la red de distribución.
Distribución: remunera a las Distribuidoras por el servicio de llevar el gas desde el punto de entrega de la Transportista hasta cada uno de los hogares.
Impuestos/otros: son los tributos que han de pagarse al Estado Nacional, Provincial o Municipal, según corresponda.